miércoles, 18 de noviembre de 2009

INGRESOS BRUTOS. Inmobiliario. Automotores. Régimen de regularización por deudas vencidas o devengadas entre el 1/1/2009 y el 31/10/2009

Se establece un régimen de regularización de deudas vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate entre el 1/1/2009 y el 31/10/2009, provenientes del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario y automotores, el cual se extiende hasta el 31/12/2009.
Para tener en cuenta:
El pago de las obligaciones regularizadas deberá realizarse al contado en un solo pago, al cual se aplicará un descuento del 30%, que en ningún caso podrá implicar una reducción del importe del capital de la deuda.
El acogimiento podrá formalizarse personalmente, ante las oficinas de la Agencia de Recaudación de la Provincia, telefónicamente o por Internet.

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